Andalucía
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El autor agradece a la profesora Ana Mercedes López Rodríguez, Directora del Departamento de Derecho y Profesora Titular de Derecho Privado de la Universidad Loyola Andalucía, sus útiles sugerencias.
La Guerra de la Independencia suscitó un nuevo sentimiento de nacionalismo español e impulsó un esfuerzo por acabar con la monarquía absoluta del país. En 1810, las Cortes se reunieron en la ciudad de Cádiz para abordar la situación política del país y redactar la primera Constitución de España (la “Constitución de Cádiz”). Entre otras estipulaciones, la Constitución de Cádiz (aprobada el 19 de marzo de 1812) exigía la codificación del derecho privado español[3] Sin embargo, la larga tradición de derecho foral del país dificultó los intentos de crear un código civil unificado; hasta 1889 no entró en vigor el primer código civil español[4]. [Este código, muy influenciado por el Código Napoleón de Francia, “sistematizó el derecho civil español preservando el uso de las leyes forales”[5] Aunque fue modificado y reformado a lo largo de los años, el código civil de 1889 sigue vigente.
Murcia
Una comunidad autónoma es la división política de primer nivel del Reino de España, establecida de acuerdo con la actual Constitución Española de 1978. El artículo segundo de la Constitución reconoce los derechos de las “nacionalidades y regiones” al autogobierno y declara la “indisoluble unidad de la nación española”. El poder político en España está organizado en forma de un gobierno central con competencias transferidas a 17 comunidades autónomas, como se muestra en el mapa de las comunidades autónomas de España. Estos gobiernos regionales son responsables de la administración de las escuelas, las universidades, la sanidad, los servicios sociales, la cultura, el desarrollo urbano y rural y, en algunos casos, la policía. También hay dos ciudades autónomas.
La ley institucional básica de la comunidad autónoma en España es el Estatuto de Autonomía, como se menciona en el mapa de las comunidades autónomas de España. Los Estatutos de Autonomía establecen el nombre de la comunidad según su identidad histórica, los límites de sus territorios, el nombre y la organización de las instituciones de gobierno y los derechos de los que gozan según la constitución. Las comunidades autónomas disponen de una amplia autonomía legislativa y ejecutiva, con parlamentos y gobiernos regionales propios. La distribución de competencias puede ser diferente para cada comunidad, según lo establecido en sus Estatutos de Autonomía. Antes había una clara distinción de facto entre las llamadas comunidades “históricas” (País Vasco, Cataluña, Galicia, Andalucía) y el resto.
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España está dividida en 17 partes llamadas comunidades autónomas. Autónomo significa que cada una de estas comunidades autónomas tiene sus propios poderes ejecutivo, legislativo y judicial. Son similares, pero no iguales, a los estados de los Estados Unidos de América, por ejemplo.
España también tiene dos ciudades en la costa norte de África: Ceuta y Melilla. Se llaman “ciudades autónomas” y tienen simultáneamente la mayor parte del poder de una comunidad autónoma y también el poder de las provincias y el poder de los municipios.